La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un importante paso al validar la reciente reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual establece la creación de la Comisión de Verificación de Integridad de Candidaturas.
Alcance de la revisión de candidaturas bajo el nuevo fallo
El pleno de la SCJN, de manera unánime, desestimó la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), argumentando que la evaluación de candidaturas con posibles conexiones a actividades delictivas no representa un nuevo requisito de elegibilidad. Por tanto, esta revisión no constituye una sanción ni una declaración de responsabilidad penal.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf, encargada de presentar el proyecto, argumentó que la medida es razonable y no compromete la autonomía del Instituto Nacional Electoral (INE). En sus palabras:
“La medida legislativa es razonable para perseguir una finalidad constitucionalmente legitimada, ya que ayuda a los partidos políticos y candidaturas independientes a contar con mayor información para la selección de sus candidaturas en relación con su participación en actividades delictivas”.
Propuesta de limitación y su rechazo
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, expresó su apoyo al proyecto, aunque sugirió que la verificación se centrara exclusivamente en delitos de delincuencia organizada. En sus palabras,
“Lo que creo es que se pueda cerrar la perspectiva y nos quedemos solo con delitos de delincuencia organizada que están previstos en la ley de la materia… todos los procesos electorales tienen plazos muy cortos, es imposible hacer una evaluación de todos los delitos”.
Sin embargo, esta propuesta fue rechazada por Ortiz Ahlf, quien afirmó que el objetivo de la reforma es la protección de partidos y ciudadanos frente a todos los delitos, no solo aquellos vinculados con la delincuencia organizada. Aclaró:
“Es proteger a todos… no es nada más contra delitos de delincuencia organizada… Se pueden cometer delitos tan graves como la pederastia y ¿se van a permitir esas candidaturas?”.
Confidencialidad y la presunción de inocencia
Las ministras y ministros también señalaron que la reforma incluye disposiciones de confidencialidad, asegurando que la información compartida en este proceso permanecerá restringida, lo cual es fundamental para preservar la presunción de inocencia.
Con esta validación, la SCJN marca un hito en la legislación electoral de México, buscando crear un entorno más transparente que proteja la integridad del proceso electoral y de quienes participan en él. La reforma abre un nuevo capítulo en la relación entre la política y la justicia, estableciendo una dinámica con el potencial de impactar profundamente la selección de candidatos en futuras elecciones.

