Registro de Vehículos Eléctricos en la Ciudad de México: Todo lo que Debes Saber
Desde el 1 de julio de 2026, los dueños de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y Vehículos Eléctricos Personales (VEP) en la Ciudad de México están obligados a registrar sus unidades. Esta medida busca regularizar la circulación de estos vehículos y se enmarca dentro de la nueva normativa de movilidad que promueve el uso de transporte sustentable.
Proceso de Registro de Vehículos
El procedimiento para registrar VEMEPE y VEP se lleva a cabo completamente en línea, facilitando a los usuarios el acceso al sistema de trámites vehiculares. Tras validar la documentación, la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) emitirá una línea de captura para el pago correspondiente. Posteriormente, los propietarios deberán agendar una cita en un Módulo de Control Vehicular para concluir el trámite, donde recibirán la documentación necesaria.
Documentación Requerida
Para llevar a cabo el registro, será necesario presentar:
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Para particulares:
- Identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Nacional).
- Comprobante de domicilio en la Ciudad de México.
- Documento que acredite la propiedad del vehículo, como la factura o carta factura.
- Para empresas:
- Identificación oficial del representante legal.
- Comprobante de domicilio de la empresa.
- Acta constitutiva y RFC.
- Poder notarial y documento que acredite la propiedad del vehículo.
En caso de no contar con la factura, se permite adjuntar un Manifiesto Bajo Protesta de Decir Verdad sobre la Propiedad del Vehículo, que se puede obtener a través de la SEMOVI.
Tipos de Documentación Entregada
La autorización de la SEMOVI variará según el tipo de vehículo registrado:
- VEMEPE: Se emitirá placas de matrícula, tarjeta de circulación y el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME).
- VEP: Solo se otorgará el DME.
Costos y Sanciones
El costo inicial para las placas era de 710 pesos; sin embargo, se ha decidido reducir este monto a 355 pesos, debido a que se trata de vehículos eléctricos. Las sanciones para quienes no registren a tiempo su vehículo comenzarán el 1 de septiembre, siendo de 10, 15 o 20 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) dependiendo de la reincidencia en la infracción.
En palabras de Héctor Ulises García Nieto, secretario de Movilidad, “la regularización es crucial para fomentar el uso responsable de estos vehículos y garantizar la seguridad en las vías”.
Pablo Vázquez Camacho, secretario de Seguridad Ciudadana, explicó que la primera infracción costará 10 UMAs, mientras que si un conductor acumula entre tres y cinco infracciones, la sanción será de 15 UMAs, y más de cinco infracciones implicarán un costo de 20 UMAs.
Excepciones a la Regulación
Cabe destacar que los VEMEPE cuya velocidad máxima no supere los 25 km/h y que pesen menos de 35 kg, así como los VEP que requieren fuerza humana para su operación, están exentos de esta regulación.
Con la implementación de este proceso de registro, la SEMOVI busca no solo regularizar un sector creciente del transporte personal en la ciudad, sino también contribuir a un ambiente urbano más seguro y sostenible.

