Sasha Sokol acusa a Luis de Llano de incumplir la sentencia sobre la disculpa pública
La defensa de Sasha Sokol sostiene que el video de disculpa difundido por el productor Luis de Llano no cumple con la resolución judicial que ordenó reparar el daño moral reconocido en el proceso civil. Según los abogados de la cantante, el contenido se aparta del texto aprobado y fue publicado sin seguir el procedimiento fijado por el juzgado.
El equipo jurídico detalló sus objeciones en un posicionamiento divulgado el 6 de noviembre de 2026, un día después de que Sokol cuestionara públicamente la grabación. La disputa se produce tras una sentencia firme cuya confirmación por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fue informada el 25 de junio de 2025.
La defensa cuestiona el contenido del video
El primer reparo de los representantes de Sokol es que De Llano habría sustituido el texto específico que el juzgado autorizó. La defensa afirma que la orden no le permitía decidir libremente qué reconocer ni modificar el sentido de la disculpa.
“Bajo la apariencia de un lenguaje jurídico, Luis de Llano no pretende modificar la forma, sino el fondo”, señaló el equipo legal.
De acuerdo con el comunicado, la versión difundida no reconoce que el productor se encontraba en una posición de poder ni asume la responsabilidad civil establecida en la resolución. Los abogados también objetan que el video presente lo ocurrido como una relación entre iguales.
La cantante, por su parte, expresó que la disculpa ordenada debía reconocer que ella tenía 14 años y no podía consentir una relación con un adulto, además de dejar claro que sus padres no fueron cómplices. Sokol afirmó que esos elementos no aparecen en la grabación.
El procedimiento judicial que, según el equipo legal, no se respetó
La segunda objeción se refiere a la forma en que debía entregarse y difundirse el material. Según la representación de Sokol, el juzgado estableció una secuencia para que la cantante pudiera revisar el video antes de que la autoridad autorizara su publicación.
- De Llano debía entregar primero la grabación al juzgado.
- Sokol tenía derecho a revisar el material.
- La difusión debía realizarse después de la autorización judicial.
La defensa afirma que el productor publicó el video el 2 de noviembre sin completar esos pasos. También sostiene que la difusión de una versión distinta a la aprobada expuso nuevamente a Sokol a una situación de revictimización. El posicionamiento no precisó si ya se había presentado un recurso formal ante el juzgado por esta publicación.
“La disculpa pública no es una concesión suya, sino un derecho de Sasha”, afirma la representación legal de la cantante.
Los antecedentes de multas y arresto mencionados por los abogados
El tercer punto planteado por la defensa es que, a su juicio, el video se suma a otros incumplimientos de las medidas judiciales. El comunicado menciona multas y el arresto aplicado a De Llano el 2 de septiembre de 2026 como medidas de apremio relacionadas con la ejecución de la sentencia.
Los abogados sostienen que, además de la disculpa, el productor debía publicar una síntesis de la resolución. En su posicionamiento, advirtieron que buscarán las acciones legales necesarias para que se cumpla íntegramente lo ordenado por el tribunal.
La sentencia también prohíbe, según Sokol, que De Llano vuelva a referirse públicamente a ella, salvo para cumplir la disculpa en los términos aprobados. Mientras la defensa reclama que se respete el fallo, la controversia se centra ahora en si el video difundido satisface la orden judicial o constituye un nuevo incumplimiento.

